5. Marco legal

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Qué debe contener (convención UNIR MGSA)

  • 5.1 Unión Europea y España: Reg. (CE) 178/2002; Reg. (CE) 852/2004 (higiene); Reg. (CE) 1333/2008 y Reg. (UE) 231/2012 (aditivos y especificaciones); Reg. (CE) 1924/2006 (declaraciones); Reg. (UE) 1169/2011 (información al consumidor); Reg. (UE) 2017/625 y Reg. Delegados 2021/630 y 2022/2292 (importación de productos compuestos).
  • 5.2 Colombia: INVIMA, BPM, etiquetado nutricional, certificados para exportar.
  • 5.3 Norma privada de referencia si se elige (ISO 22000, FSSC 22000, IFS, BRCGS).
  • Verificar cada norma en su versión consolidada vigente (EUR-Lex) antes de citarla.

Lo que ya tienes en la versión 1

  • Apartado 4.6 del marco teórico (178/2002, 1169/2011, declaraciones) y matriz normativa en el Anexo C.

Correcciones y mejoras del informe inicial

  • Estevia: máximo 350 mg/kg (como equivalentes de esteviol) en confitería blanda de energía reducida, incluidos masmelos (Reg. 2017/335). Con 3 g de Reb A por lote se supera. Ver Formulación y cálculos.
  • Eritritol (E 968): quantum satis solo en confitería de energía reducida o sin azúcares añadidos.
  • Etiqueta: “con edulcorante(s)” y, con más de 10 % de polioles, “un consumo excesivo puede producir efectos laxantes”. Huevo como alérgeno destacado.
  • “Sin azúcar” exige ≤ 0,5 g de azúcares por 100 g: la maltodextrina puede impedirlo.
  • Productos compuestos: la albúmina de huevo exige que Colombia esté listada para ovoproductos y residuos de huevos, o que la albúmina venga de origen aprobado.

Fuentes para este capítulo

Rice 2020 · Ballco 2022 · Hodgkins 2019 · EFSA 2023a · EFSA 2023b

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